Todo el
mundo en el país y muchos en otros lugares, saben de la situación
escandalosa causada por la introducción ilegal al territorio nacional, de
desechos generados por la combustión de carbón de piedra para la
producción de electricidad.
La versión más escuchada
es que esos desechos provienen de Puerto Rico, aunque algunos han dicho
que, realmente, los mismos fueron originados en territorio continental
estadounidense.+
La verdad es que no importa
su procedencia, lo muy cierto es que fueron tirados, irresponsablemente,
sin ningún criterio técnico de protección para el entorno, en los
lugares menos indicados, por la gravedad de los daños potenciales y
reales que esos desechos han podido causar, sobre todo, si por los
arrastres de las lluvias sus componentes químicos penetran en la cadena
trófica o se hayan filtrado a las aguas subterráneas, accidentes que han
tenido que suceder en el caso que nos ocupa.
ROCKASH: La palabra
compuesta inglesa “rockash” se ha puesto de moda debido a la amplia
cobertura periodística que se le ha dado al caso. Con la finalidad de
facilitar una mayor comprensión del insólito acontecimiento, haremos
algunas explicaciones simplificadas: “Rock” es roca y “ash” es
ceniza, o sea, de lo que se trata es de la, extremadamente, fina ceniza
resultante de la combustión de carbón de piedra molido para
calderas, empleadas en termoeléctricas. Esa ceniza, llamada “Flyash”,
por ser tan fina es difícil de manejar por lo que tiene que ser mojada,
lo que hace posible su apilamiento y transporte y lo que la convierte en
especie de pequeñas rocas.
CARBÓN DE PIEDRA: El
llamado carbón de piedra, no es un verdadero mineral, es más bien un
compuesto orgánico de variadas clases, formado por los remanentes de árboles,
arbustos y plantas que se desarrollaron hace millones de años, durante
periodos climatológicos uniformemente moderados y húmedos. El carbón de
piedra consiste en cantidades variadas de carbón vegetal fosilizado,
materiales volátiles y de impurezas como sulfuro, fósforo, materiales de
rocas incombustibles, humedad y otros. Existen varias clases de carbón de
piedra: Lignito, de bajo rango, con un alto contenido de humedad;
Bituminoso, con un alto contenido de carbono e hidrógeno, es la variedad
más abundante y alcanza rangos desde medio a alto; Antracita o
hulla seca, es el más duro, arde con dificultad y tiene poca llama. Le
caracteriza un lustre brillante, puede ser pulido y convertido en joya.
PROCESO DE TRANSFORMACIÓN
DEL CARBÓN DE PIEDRA: El remanente de árboles, arbustos, etc., que a
través de un proceso de millones de años, es cubierto por capas de
sedimentos y sometido a grandes presiones, convierte ese remanente,
primero en lignito, con presiones aún mayores, se torna en carbón
bituminoso y finalmente, con las presiones extremas resultantes del
plegamiento de la tierra para formar montañas, se produce la antracita.
Es en este complejo proceso que el carbón de piedra se mezcla con una
serie de metales pesados y otros elementos químicos que causan graves daños
a la salud y existencia de los seres vivos, incluyendo al hombre,
naturalmente.
COMPONENTES QUÍMICOS Y SUS
EFECTOS EN HUMANOS: La gama de elementos presentes en el rockash son los
siguientes: Boro, vanadio, cobre, litio, níquel, bismuto, cromo, cinc,
aluminio, lantano, cobalto, molibdeno, galio, germano, berilio, estaño,
mercurio y otros, en diversas concentraciones.
En un mayor o menor grado,
estos elementos tienen efectos negativos sobre la salud animal (humana):
Berilio; es uno de los más tóxicos, se acumula en los pulmones
produciendo beriliosis, una enfermedad grave, es carcinógeno con sólo
ser inhalado. Bismuto; metal considerado horriblemente tóxico, daña riñones
e hígado. Mercurio; ataca el sistema nervioso y causa la muerte.
Níquel; tiene propiedades
carcinógenas. Estaño; provoca lesiones hepáticas y disminuye duración
de la vida. Aluminio; se acumula en los tejidos del cerebro, pulmones, hígado,
órganos reproductivos, riñones, huesos y el estómago.
Cobre; es absorbido por los
pulmones, el tracto gastrointestinal y la piel y afecta el hígado, los
pulmones, el bazo, corazón, estómago, ojos, huesos, uñas y cabellos.
Cinc; causa diarrea, vómitos, hemorragias y limita el sistema inmunológico.
Molibdeno; causa dolores en
las coyunturas, parte baja de la espalda, el estómago y produce inflamación
en la parte baja de las piernas y los pies. Cobalto; es radioactivo y no
puede ser destruido en el medio ambiente, sólo puede cambiar su forma.
Su toxicidad causa náuseas,
vómitos, diarreas, hemorragias, daña los pulmones, el hígado, los riñones,
causa dermatitis, destruye las células, provoca estado de coma y la
muerte.
Cromo; al ser inhalado
causa irritación, sangrado, úlceras y perforaciones en las fosas
nasales, ingerido causa trastornos estomacales, úlceras, convulsiones, daños
al hígado y riñones, es carcinógeno, causa cáncer en los pulmones y la
muerte. Vanadio; este metal es considerado como de una alta toxicidad y
puede causar cáncer del pulmón cuando es inhalado.
El principio del uso del
carbón de piedra como combustible, afectó la vida de las personas de una
manera tan trágica, que durante el reinado de Eduardo I, en la Inglaterra
del 1239-1307, fue instaurada la pena de muerte a los encontrados
culpables de quemar carbón de piedra. Por la prensa nos hemos enterado de
los problemas de salud experimentados por las personas de Sánchez y
Manzanillo, relacionados al rockash abandonado en sus entornos, aunque lo
peor llegará en los años por venir, por los efectos retardados y
acumulativos de esos metales tóxicos.
COMO LLEGAN LOS COMPONENTES
QUÍMICOS DEL ROCKASH A NUESTRAS MESAS: Vamos a poner el ejemplo del
rockash tirado en Sánchez, Samaná y como los elementos químicos que
contiene penetran la cadena trófica o sea, el proceso alimentario de una
diversidad de especies cuyo destinatario final es el hombre.
La Península de Samaná es
una de las regiones geográficas del país que registra los promedios de
precipitación pluvial más elevados, lo que ha permitido que una y otra
vez las lluvias hayan lavado las toneladas de rockash apiladas a la
intemperie en la cercanía de la Bahía y por efecto de las escorrentías,
sus componentes químicos tóxicos lleguen a las aguas marinas y penetren
a las aguas subterráneas por filtración, con sus graves consecuencias.
La Bahía de Samaná
funciona como un enorme estanque donde se originan importantes procesos
biológicos que determinan la proliferación de diferentes especies
marinas, que sirven de alimento a ellas mismas y al hombre.
Es bien conocido que la
zona de Sánchez se caracteriza por su producción pesquera, debido, entre
otros factores, a la descarga de material orgánico que aporta el río
Yuna y a la gran cantidad de mangles que crecen en la línea costera
occidental de la Bahía, lo que permite la reproducción y el desarrollo,
con un grado significativo de seguridad, de muchas especies de peces y
otras.
Cuando las lluvias caen
sobre el rockash, que es, básicamente, ceniza de carbón de piedra
endurecida, se inicia un proceso de desintegración en pequeñísimas partículas
(se miden en micrones), las cuales son arrastradas por las escorrentías a
la superficie caliente de las aguas de la Bahía, que a medida que se van
enfriando, comienzan a descender, provocando un movimiento circulatorio
que arrastra esas partículas tóxicas a zonas más profundas, donde
habitan el lambí, los
camarones, meros, pargos y otras especies bentónicas (de profundidad).
Ya en el fondo, esas partículas
son consumidas por el fitoplantum y absorbidas por las macro plantas
marinas (algas), las que sirven de alimento a especies de peces herbívoros
(como el loro) y éstos (los herbívoros) a su vez son ingeridos por
especies como el mero y el pargo. Las ostras de mangles, el lambí, las
sardinas, la cachapeta, el pez preferido como alimento de la colirubia,
son especies filtradoras que tienen la habilidad y capacidad de absorber
partículas, incluyendo, naturalmente, esas partículas de metales
pesados. Así mismo, los camarones (de gran producción en Sánchez) antes
de su estado de post larva absorben toda clase de partículas para obtener
nutrientes o veneno, en el caso que estamos tratando.
Hay un detalle que es
fatalmente interesante, las partículas tóxicas de metales pesados,
cuando pasan de un eslabón a otro de la cadena trófica, aumenta su
toxicidad en un 20% ó más. Es decir; si la cachapeta filtra (come) el
zooplantum contaminado y ésta es ingerida por la colirubia, la cual es
entonces comida por el carite, tendríamos que el grado tóxico de la
contaminación original habría aumentado en un 60% ó más, ya que un
buen número de las especies marinas tienen la cualidad de absorber,
acumular y aumentar los efectos tóxicos de los elementos que ingieren. La
ciguatera que algunas especies de peces producen en cierta época del año,
es un caso de envenenamiento tóxico típico y muy conocido entre los
dominicanos.
LA TRAGEDIA DE UNA
IRRESPONSABILIDAD: La tragedia del rockash consiste en el número de
personas que se han enfermado, que se están enfermando (porque aún esos
desechos permanecen en los mismos lugares donde fueron depositados) y que,
desgraciadamente, seguirán enfermándose y muriendo cuando coman especies
marinas pescadas o capturadas en las Bahías de Samaná y Manzanillo,
aunque de los detalles de las verdaderas causas de las víctimas fatales
nunca nos enteraremos, por la falta de una legislación que haga
obligatoria las necropsias en el país. La irresponsabilidad imperdonable
de permitir la entrada ilegal del rockash a nuestro territorio tiene que
recaer en la persona del ex – Secretario de Estado de Medio Ambiente y
Recursos Naturales y, naturalmente, en su subalterno, el ex -
Subsecretario de Estado de Gestión Ambiental René Ledesma, quien está
siendo enjuiciado con otros, por su participación protagónica en ese
“affair”.
La Ley 218 del 2 de agosto
de 1982, originada para frenar las intenciones de un grupo de vivos
enquistados en el poder político de entonces, para obtener pingües
beneficios con la entrada y posterior depósito en Oviedo de lodos
cloacales provenientes de Estados Unidos, prohíbe, simple y llanamente,
la introducción al país, por cualquier vía, de, entre otras cosas,
desechos tóxicos provenientes de procesos industriales, y el rockash es
un desecho, indiscutiblemente tóxico, que provino de una industria
generadora de electricidad.
Fue una sorpresa
desagradable y triste aceptar que la entidad del Estado que tiene entre
sus objetivos: “La prevención, regulación, y control de cualquiera de
las causas o actividades que causen deterioro del medio ambiente,
contaminación de los ecosistemas y la degradación, alteración y
destrucción del patrimonio natural y cultural”, y que además tiene
como unos de sus principios fundamentales el siguiente: “El criterio de
prevención prevalecerá sobre cualquier otro en la gestión pública y
privada del medio ambiente y los recursos naturales. No podrá alegarse la
falta de una certeza científica absoluta como razón para no adoptar
medidas preventivas y eficaces en todas las actividades que impacten el
medio ambiente, conforme al principio de precaución.”
Que haya sido,
precisamente, la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, la que expidiera el permiso infame para la introducción al país
del rockash, para luego abandonarlo en lugares inadecuados y peligrosos
para la salud pública.
La razón que alega el ex
Secretario de Medio Ambiente para no cargar con el peso de la
responsabilidad que tuvo en la introducción del rockash al país, es que
él le había dado un poder al Subsecretario Ledesma por medio del cual,
éste podría actuar a su libre albedrío. Esta es, sin lugar a dudas, la
mayor irresponsabilidad de un funcionario de alto rango de que hemos
tenido conocimiento, sobre todo si tomamos en cuenta, en el caso que nos
ocupa, que la Ley 64-00, del 18 de agosto del año 2000, que es la Ley Orgánica
de la Secretaría de Medio Ambiente, en ninguna de sus partes autoriza al
incumbente a otorgar tales poderes, lo que hizo con más de una
Subsecretaría, y lo que permitió toda clase de despropósitos, pues los
Subsecretarios agraciados tomaron esos poderes como patentes de corso.
En el curso de este proceso
trágico el ex Secretario y ex Subsecretario violaron el numeral 14 del
Art. 41 y los Artículos 78, 82, 90 (numeral 1) y el 103, del la Ley
64-00, entre otros. En razón al Art. 103, las nuevas autoridades de la
Secretaría de Medio Ambiente, han tomado mucho tiempo en la disposición
definitiva del rockash, para evitar que siga siendo un foco peligroso de
contaminación y recién en estos días, es que se ha convenido en un
contrato con dos empresas y a un costo de más de $30, millones de pesos,
para disponer en forma más o menos segura del rockash